viernes, 24 de abril de 2015

Actividad 3. Mis Deberes y Derechos como Aprendiz Sena


Seleccionar dos de las situaciones Expuestas y resolver el problema planteado según los lineamientos indicados en el reglamento.




DEBERES DEL APRENDIZ SENA

ARTÍCULO 9°. Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la
persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos,
para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana convivencia, el
servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los bienes de la institución.
Son deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación, los siguientes:
1. Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento,
definidas durante su etapa lectiva y productiva.
2. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
3. Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o
actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.
4. Participar en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el
programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje.

durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y
devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de
la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente,
tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por
Dirección General.
15. Utilizar la dotación o ropa de trabajo y los elementos de protección personal dispuestos en
los ambientes de aprendizaje, observando las condiciones de prevención señaladas por el
Instructor o Tutor y organizarlos para ser utilizados exclusivamente en el ambiente de aprendizaje
requerido.
16. Portar el uniforme de manera decorosa; dentro del Centro de Formación, en los ambientes
donde se desarrollen actividades extracurriculares y entornos diferentes al académico. Así
como en el desarrollo de la etapa productiva, cuando la empresa patrocinadora lo exija.

PROHIBICIONES
ARTÍCULO 10°. Se considerarán prohibiciones para los aprendices del SENA, las siguientes:
1. Plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o
producto del trabajo en equipo institucional, así como las fuentes bibliográficas consultadas en
los diferentes soportes.
2. Terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje, sin el visto bueno del empleador y del SENA.
3. Incumplir con las actividades de aprendizaje acordadas y los compromisos adquiridos como
aprendiz SENA, sin justa causa.
4. Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de aprendizaje o en concursos, juegos o
competencias de cualquier carácter.

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